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Hace diez años, un conductor llevó su Chevrolet Meriva a una estación de servicio de La Plata, donde le cargaron el combustible equivocado y el motor sufrió graves averías a las pocas cuadras. El tribunal condenó a la empresa a pagar $13,6 millones más intereses y basó su decisión en un informe técnico del CESVI, que vinculó de manera directa la falla de los inyectores, la bomba y el turbo con el error del empleado

Un juzgado civil de La Plata condenó a una estación de servicio a pagar $13.688.000 más intereses por cargar nafta en lugar de gasoil en un vehículo diésel.

En La Plata, un juzgado civil condenó a una estación de servicio a pagar $13.688.000 más intereses a una pareja que denunció que su vehículo se averió pocos metros después de cargar combustible. La sentencia de primera instancia entendió que, de acuerdo con las pruebas reunidas, el rodado recibió nafta en lugar de gasoil, lo que afectó su sistema de inyección y otros componentes.

El hecho ocurrió el 6 de diciembre de 2016, cerca de las 13. Uno de los demandantes —un hombre, de 44 años en ese momento— se detuvo en una estación de servicio de la calle 72, entre las calles 10 y 11, tras salir de su lugar de trabajo. Allí pidió que cargaran gasoil en una Chevrolet Meriva diésel modelo 2009 y abonó $300 con una tarjeta de débito, circunstancias que la empresa reconoció durante el proceso.

Según la demanda, luego de retirarse del establecimiento y avanzar unas pocas cuadras, el vehículo comenzó a presentar tirones y fallas de funcionamiento. Poco después, el motor se detuvo por completo y no volvió a arrancar. El conductor pidió asistencia a su aseguradora, aunque ante la demora contactó a una persona conocida, que remolcó el automóvil hasta un taller mecánico.

El taller mecánico detectó nafta en el tanque y reparó la bomba inyectora, los inyectores y otras piezas del sistema de combustible del vehículo. (Poder Judicial)

La jueza, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 1 de La Plata, encuadró el caso dentro de una relación de consumo, al tratarse de la compra de combustible por parte de usuarios finales. Esa calificación implicó aplicar las normas de defensa del consumidor, que obligan al proveedor a entregar el producto solicitado y a responder por los daños que pueda generar un incumplimiento en la prestación.

Para resolver el punto central de la causa, el tribunal valoró las declaraciones de quienes intervinieron después de la avería. El mecánico que reparó la camioneta relató que debió trabajar sobre la bomba inyectora y las piezas vinculadas con la inyección. También afirmó que, al revisar el automóvil, comprobó daños compatibles con la presencia de nafta en un motor diésel.

Otra persona que asistió al conductor el día del hecho declaró que remolcó el rodado hasta el taller luego de que se detuviera en la vía pública. Según esa declaración, el demandante le había explicado que el problema comenzó después de cargar combustible en la estación y que sospechaba que le habían suministrado nafta en lugar de gasoil.

Un informe técnico explicó que la nafta en un motor diésel puede quitar lubricación, dañar sellos y juntas y afectar la combustión, el escape y el turbocompresor. (Poder Judicial)

La decisión también tomó en cuenta un informe técnico que describió las consecuencias que puede provocar la nafta en un motor diésel. El documento explicó que el gasoil cumple una función de lubricación sobre la bomba y los inyectores, mientras que la nafta puede retirar esa lubricación, afectar sellos y juntas, producir pérdidas de presión y generar problemas en la combustión.

Fuente: Infobae