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La normativa exige que las gasolineras solo se abastezcan de distribuidores autorizados.

Las Estaciones de Servicio a nivel nacional deben cumplir reglas estrictas para adquirir y comercializar combustibles, y cualquier operación por fuera de los canales autorizados puede desencadenar sanciones que afectan directamente su continuidad.

En ese sentido, desde la Federación de Estaciones de Combustibles de Colombia compartieron una serie de advertencias sobre las consecuencias que enfrentan los empresarios minoristas que adquieren o comercializan combustibles por fuera de los canales autorizados. Cabe mencionar que el Decreto 1073 de 2015 establece las obligaciones del sector y fija las consecuencias para quienes incumplen, con medidas que van desde multas hasta la cancelación definitiva de la autorización de funcionamiento.

De acuerdo con la reglamentación, una Estación de Servicio solo puede abastecerse del distribuidor mayorista con el que tenga un contrato vigente. También está prohibido vender combustibles a otros distribuidores minoristas o adquirir producto de más de un mayorista al mismo tiempo. Para FECEC, estas restricciones son fundamentales para preservar la trazabilidad del combustible y evitar prácticas que pongan en riesgo la seguridad de la cadena.

Cuando una gasolinera compra a un proveedor distinto al autorizado, queda expuesta a un proceso sancionatorio. Las autoridades pueden imponer amonestaciones, multas, suspensión del servicio o incluso la cancelación definitiva de la autorización.

FECEC también recordó que toda gasolina y ACPM deben estar debidamente marcados antes de su comercialización. La presencia de combustibles sin marcación dentro de una estación constituye una infracción directa al Decreto 1073 de 2015. En esos casos, las sanciones pueden ser similares: multas, suspensión temporal o cierre definitivo.

Entre las causales de cierre o cancelación figuran actuar contra prohibiciones expresas, suministrar combustible a agentes no autorizados, adquirir producto de proveedores no habilitados y cualquier conducta asociada al tráfico, tenencia o comercio ilícito de combustibles. Según la entidad, estas faltas no solo afectan la operación de la estación, sino que también pueden tener implicaciones penales.

En situaciones donde existen indicios de comercio ilegal, las autoridades suelen actuar con mayor rigurosidad. Además del cierre, estos casos pueden derivar en investigaciones complementarias, pues representan un riesgo para el abastecimiento formal y la seguridad pública. Por ello, el gremio recomienda fortalecer los controles internos y verificar la legalidad de cada operación de compra.

El proceso sancionatorio inicia con la apertura del expediente y sigue con la etapa probatoria y la decisión final. En ese aspecto, FECEC concluyó que cumplir la normativa vigente es la mejor protección para las Estaciones de Servicio ya que indicaron que comprar combustible no autorizado no solo expone a sanciones económicas y administrativas, sino que puede llevar al cierre inmediato del establecimiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Surtidores latam