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El Ministerio de Economía derogó la resolución que había impuesto “volúmenes de equilibrio” para estos cereales durante la presidencia de Alberto Fernández.

Aunque el Gobierno que encabeza el presidente Javier Milei no hizo uso de esta herramienta en los meses que lleva de gestión, una medida que había quedado vigente del mandato de Alberto Fernández hacía ruido en el mercado granario.

Se trata de la Resolución 276, del 16 de diciembre de 2021, cuando el por ese entonces ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Julián Domínguez, rubricó la puesta en marcha de los “volúmenes de equilibrio” para las exportaciones de trigo maíz.

Traducido: cupos a las exportaciones, por los cuales el Gobierno determinaba cuál era el tope de toneladas que se podían anotar para vender al exterior, con la excusa de “proteger” el mercado interno y evitar que los productores de carnes se quedaran sin maíz, y los molinos harineros sin trigo.

El jueves, en su paso por A Todo Trigo, el secretario de Bioeconomía, Fernando Vilella, destacó que la actual administración nacional ha quitado todas las trabas y regulaciones que obstaculizaban el comercio exterior, pero esta resolución es una que todavía estaba vigente pese a que, como se mencionó, no se estaba utilizando.

CHAU A LOS CUPOS

En este marco, este viernes el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Resolución 302/2024, procedió a derogar la norma mencionada y así garantizar que no hay posibilidades de que se impongan cupos a las exportaciones de trigo y de maíz.

“En atención al cambio de autoridades recientemente acaecido en todos los planos de la Administración Pública Nacional, y a las nuevas políticas públicas delineadas a efectos de un reordenamiento integral de la producción en general y de la reformulación de muchos de los regímenes jurídicos existentes, deviene pertinente proceder a una revisión integral de toda la normativa reglamentaria y complementaria dictada en el ámbito de esta cartera relacionada con las actividades agrícolas, ganaderas y de pesca”, señala el texto normativo.

Y agrega que “las nuevas políticas del Gobierno Nacional propician perfeccionar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas, entre otras cuestiones”.

“En dicho contexto, se advierte la existencia de normas vinculadas con regímenes de control, operatividad, distribución, programas y/o de requerimientos de información o de cumplimiento de distintas obligaciones que, con base en el estado actual de nuestra economía en general, han apartado a la Autoridad de Aplicación de tales regímenes de la celeridad que la función pública debe practicar, lo que en la actualidad se pondera”, continúa la Resolución.

También destaca que “en virtud de lo antedicho, resulta indispensable alinear las políticas de regulación de las actividades vinculadas a la agricultura, la ganadería y la pesca, procediendo a una verdadera desburocratización y simplificación de los procesos en relación al Estado, productores, exportadores e importadores”.

“Por todo ello y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia en el contexto señalado, resulta procedente derogar la Resolución N° 276/2021, a efectos de coadyuvar a un nuevo ordenamiento del plexo normativo que atañe al comercio interior en pos de tornarlo más simple, menos burocrático y más transparente”, cierra el documento.

Fuente: Infocampo