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La ANSV incorporó el inciso i de la normativa DI-2019-4 con impacto directo en el LiNTI. ¿Qué es y a quiénes afectará?

La Agencia Nacional de la Seguridad Vial (ANSG) oficializó días atrás la modificación en el procedimiento de revisión de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI).

A través de la Disposición 675 y mediante la incorporación del inciso i), del artículo 18° de Anexo a la normativa predecesora N° DI-2019-48- APN-ANSV#MTR del 11 de febrero de 2019, la alteración impactará en las y los conductores de vehículos automotores de cargas y de pasajeros de forma interjurisdiccional.

Los conductores de vehículos cuya capacidad de carga es mayor a 700 kilogramos, y que realizan traslados a través de las jurisdicciones del territorio nacional, necesitan contar con la licencia profesional. Foto: Camionesybuses.com.ar.
Los conductores de vehículos cuya capacidad de carga es mayor a 700 kilogramos, y que realizan traslados a través de las jurisdicciones del territorio nacional, necesitan contar con la licencia profesional. Foto: Camionesybuses.com.ar.

¿Qué dice la nueva normativa?

“Verificar que el conductor posea LiNTI vigente al momento de tomar el servicio de vehículos automotores de cargas y de pasajeros de forma interjurisdiccional. En caso de incumplimiento, el operador será pasible de sanción según lo determine la autoridad de Fiscalización”, puntualiza el texto publicado en el Boletín oficial.

¿Qué es la licencia LiNTI?

La Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) es el único documento que habilita la realización de transporte interjurisdiccional de cargas o de pasajeros en el territorio nacional.

Esta pauta se emite en 3 categorías:

  1. Cargas generales.
  2. Mercancías peligrosas.
  3. Transporte de pasajeros.

¿A quién está dirigido?

  • A quienes quieran realizar el transporte interjurisdiccional de cargas o de pasajeros en el territorio nacional.}
Quienes requieran obtener la LiNTI deberán iniciar el trámite desde la web https://linti.seguridadvial.gob.ar y seleccionar la categoría que desean obtener. Foto: Camionesybuses.com.ar.
Quienes requieran obtener la LiNTI deberán iniciar el trámite desde la web https://linti.seguridadvial.gob.ar y seleccionar la categoría que desean obtener. Foto: Camionesybuses.com.ar.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser mayor de 21 años.
  • Saber leer y escribir en el idioma nacional.
  • No encontrarse bajo licencia médica.
  • Último DNI y código de trámite (Se encuentra en el frente del DNI).
  • Licencia de conducir acorde al porte del vehículo con el que se desarrollará el transporte interjurisdiccional, otorgada por la autoridad competente a tu domicilio.
  • Realizar un examen psicofisico:
    • Elegí el prestador médico más cercano a tu domicilio desde el sitio web LiNTI.
    • El mismo examen es válido para todas las categorías.
    • Pago: Se realiza un pago unificado de canon y examen, el cual se abona en los medios de pago habilitados Pago Fácil y Mercadopago.

Clase de licencia de porte: B-C-E -> Categoría habilitante LiNTI.

Clase de licencia de porte: D -> Transporte de pasajeros.

En el caso del transporte automotor de pasajeros

  • Certificado de Antecedentes Penales que otorga el Registro Nacional de Reincidencia para ser cargado en el sitio web LiNTI con su código de solicitud y de seguridad.
  • En el caso que en el certificado se registren actos procesales en materia penal (conf. Ley 22.117 y sus modificatorias), estos deberán ser evaluados y no podrá continuar con el trámite.

No podrán obtener la LiNTI quienes posean sentencias condenatorias, conforme a los delitos encuadrados en el art. 8 de la Disposición ANSV N° 48/19.

 

 

Fuente: TN