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La consulta se atiende por completo de forma digital.

Hace varios años, uno se enteraba de las infracciones de tránsito por el papelito que colocaba el inspector en el vehículo. Pero el tiempo pasó y, como todo, las multas también evolucionaron y se digitalizaron.

A pesar de que por ley deberían llegar impresas a tu domicilio, en la actualidad, para poder enterarte y estar al día tus sanciones impagas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires basta con simplemente ingresar a la web de infracciones: www.buenosaires.gob.ar/consulta-de-infracciones.

La consulta se puede hacer con el número de DNI de la persona interesada o con la patente del vehículo. Es importante tener en cuenta que el resultado puede ser distinto según cuál de estos datos se ingrese. Por ejemplo, un auto puede tener multas y la persona que lo conduce no.

Todo lo que tenes que saber sobre la consulta personal de multas e infracciones en CABA. Foto: Telam.
Todo lo que tenes que saber sobre la consulta personal de multas e infracciones en CABA. Foto: Telam.

Cuándo consultar las multas de CABA por DNI y cuándo por patente

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en su página web, recomienda consultar por las sanciones de tránsito con el número de DNI cuando se necesita el libre deuda de infracciones para la renovación del registro de conductor.

Por su parte, se debe consultar por dominio cuando se necesita la constancia de infracciones para la compra y venta, baja de dominio o gestiones relativas al seguro del vehículo.

Pago voluntario de multas: cuándo corresponde

Si tenés infracciones dentro del periodo de Pago Voluntario (40 días desde que fuiste notificado), podés abonar el total con un 50% de descuento. Pero cuando el estado de la infracción es “Resolver en la UACF (Unidad Administrativa de Control de Faltas)”, se trata de multas no sujetas al régimen de pago voluntario por Ley 451 o actas de infracción con problemas formales en su confección o registro.

En estos casos, el titular del vehículo debe concurrir a la DAI, Av. Regimiento de Patricios 65, para presentarse ante el controlador asignado. El controlador es quien decide si corresponde pagar la infracción o debe ser desestimada. Recordá que, al realizar un descargo con un controlador, se pierde el descuento.

A la fiscalización del exceso de velocidad y los cruces de semáforo en rojo, se le suma el uso del celular como infracción que se lleva a cabo en el interior del vehículo. (Foto: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)
A la fiscalización del exceso de velocidad y los cruces de semáforo en rojo, se le suma el uso del celular como infracción que se lleva a cabo en el interior del vehículo. (Foto: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)

Medios de pago de multas en CABA

-Pago voluntario. La acreditación es inmediata en todos los canales de pago

  • En efectivo: Pago Fácil, Rapipago, Banco Ciudad y Banco Provincia.
  • Canales electrónicos (con tarjeta de débito o crédito): Mercado Pago, Pago mis cuentas, página web, Bapro Pagos y Provincia Net, también a través de las Terminales automáticas de pago (ATM) en DGAI y Sedes comunales.

-Comprobantes de legajo (controlador)

  • En efectivo – La acreditación tarda 48 hs: Pago Fácil, Banco Ciudad y Banco Provincia.
  • Tarjeta de crédito (Visa, MasterCard, Cabal, American Express) – La acreditación es inmediata: en Terminales automáticas de pago (ATM) en DGAI y Sedes comunales.
  • Página web – La acreditación tarda 24 hs.
  • Mercado págo – La acreditación tarda 48 hs.
También se puede consular por las multas de tránsito escribiendole a Boti. Foto: captura TN
También se puede consular por las multas de tránsito escribiendole a Boti. Foto: captura TN

Impresión de Boletas de Pago de multas en CABA

Sólo para las infracciones que admiten Pago Voluntario, se puede imprimir la Boleta de Pago. Una vez realizada la consulta seleccionar las actas a pagar y, a pie de página, presionar “Imprimir boleta pago”. Con la boleta impresa es posible abonar a través del Banco Ciudad y en las sucursales de Pago FácilRapiPago o BaproPagos. Los pagos realizados por esta modalidad se acreditarán a las 96 hs. de haberse realizado. Siendo la acreditación de los mismos condición necesaria para tramitar el certificado de libre deuda.

 

Fuente: TN