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El DNU crea el nuevo Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Hidrocarburos, que permitirá a las empresas operadoras acceder a un mayor volumen de dólares.

El Gobierno nacional anunció el martes pasado la puesta en marcha de un nuevo Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Hidrocarburos, que permitirá a las empresas operadoras acceder a un mayor volumen de dólares en el mercado libre de cambios por un equivalente al 20% de la inyección adicional que logren en petróleo y del 30% en los proyectos de gas natural en todas las cuencas, respecto a niveles existentes en 2021.

Ahora se conoció el texto del Decreto que pronto será publicado en el Boletín Oficial. Según el documento al que accedió Ámbito, el DNU contempla incentivos para la producción hidrocarburífera en todas las cuencas, premiando adicionalmente la inversión en las zonas y regiones marginales, o en franco declino, con producción convencional distintiva, y también se incentiva la puesta en producción de pozos inactivos o actualmente cerrados, contratando pequeñas empresas de recuperadores.

La norma tiene 34 artículos y 5 capítulos. La iniciativa prevé la creación de un Régimen Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo y de Gas Natural, como así también un Régimen de Promoción del Empleo, el Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales, con lo cual se busca aportar medidas clave para incrementar la escala de producción y utilizar la nueva capacidad de transporte del Gasoducto Presidente Néstor Kirchner y las obras de infraestructura privadas.

Según detalló el secretario de Energía, Darío Martínez, con el DNU “las empresas productoras accederán de manera automática a divisas para afrontar sus compromisos externos o cancelar obligaciones con empresas de servicios especiales, pero siempre en función de la producción incremental que cada una genere, lo cual implica directamente, un premio a la mayor inversión y el mayor esfuerzo”.

“Las petroleras deberán cumplir obligatoriamente con un régimen de Promoción del Empleo y el Trabajo y el desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales, que se establece en el propio DNU, y cuyo seguimiento y control estará en manos de una comisión integrada por las Organizaciones de Trabajadores y las Cámaras Pymes, Regionales, y Nacionales”, explicó el funcionario.

El acceso a divisas podrá ser destinado al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior, incluyendo pasivos con empresas vinculadas no residentes, utilidades y dividendos, y repatriación de inversiones directas de no residentes.

Para ello se establece “como Volumen de Producción Incremental Beneficiado (VPIB) y Volumen de Inyección Incremental Beneficiado (VIIB) al 20% de la producción incremental de crudo y al 30% de la producción incremental de gas natural que haya obtenido cada beneficiario”.

En la norma, se define como producción (inyección) incremental a la diferencia entre la producción efectiva de los últimos 12 meses y la línea base definida como el volumen obtenido por cada empresa en 2021.

Además, se obtendrán porcentajes adicionales por la cobertura del mercado interno, la reversión del declino técnico, la producción incremental en pozos de baja productividad, la contratación de empresas locales de servicios especiales y la inversión.

 

Fuente: Ambito