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El gobierno nacional autorizó la transferencia y de esta manera la petrolera de bandera suma un socio de alta experiencia en desarrollos costa afuera. La firma cesionaria asumió las obligaciones de inversión y desarrollo.

El gobierno nacional autorizó a la petrolera de bandera YPF a cederle el 50% de un permiso de exploración offshore a la gigante noruega Equinor. Así lo confirmó la secretaria de Energía, que lidera Sergio Lanziani, a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 55/2020 de esa cartera.

Esto no significa una desinversión por parte de la petrolera de bandera, sino todo lo contrario. Con esta cesión YPF suma un socio de primer nivel internacional en desarrollos offshore que aporta know how y también capital para llevar adelanta las inversiones.

Se trata del permiso de exploración de petróleo y gas sobre el área CAN_100, de 15.000 kilómetros cuadrados, ubicada en la zona norte del Mar Argentino frente a las costas de Mar del Plata.

Hace casi un año, a mediados de abril de 2019, la secretaria de Energía, a cargo de Gustavo Lopetegui, le otorgó a YPF el 100% de los derechos. El área tenía un convenio de asociación con un permiso de exploración y explotación entre la petrolera de bandera, Petrobras Argentina y Petrouruguay.

“Autorízase a la empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, a ceder el 50% de su participación a favor de la empresa EQUINOR ARGENTINA B.V. SUCURSAL ARGENTINA la que, en consecuencia, será titular del 50% de participación sobre el referido permiso”, dice la publicación.

El área offshore está frente a las costas de Mar del Plata.

A partir de la vigencia de la cesión, Equinor asumirá todos los derechos y obligaciones de la YPF. Esto incluye los planes de inversión, el desarrollo y ejecución.

El plazo de tal permiso exploratorio está conformado por dos períodos de 4 años y la posibilidad un tercero de prórroga de cinco (5) años. El año pasado la petrolera se comprometió a realizar estudios sísmicos 3D sobre 1.500 Km2 y estudios 2D sobre 2168 Km2

Las empresas pueden pedir la suspensión de la obligación de llevar a cabo el desarrollo, siempre y cuando se acrediten cuáles son las dificultades que impiden avanzar y hayan perforado al menos 2 pozos.

 

 

Fuente: Rio negro