z.system

La UIF emitió una resolución para adaptar la reglamentación de las normas de lucha contra el lavado de dinero y financiación del terrorismo del GAFI para el sector de tarjetas de crédito y compra que incluye realidades nuevas del sector

La Unidad de Información Financiera (UIF), organismo dedicado a la lucha contra el lavado de dinero ilegal y la financiación del terrorismo, estableció un nuevo marco regulatorio para cheques de viajero, y el sector de tarjetas de crédito y compra tanto bancarias como no bancarias.

La Resolución  76/2019 de la UIF busca adecuar a las normas del organismo internacional en materia de lavado de dinero (GAFI) las nuevas realidades especialmente en materia de emisión de tarjetas de crédito y de compra.

Así, define como “sujetos obligados” a los siguientes:

Las empresas emisoras de cheques de viajero.

Las entidades que actúan como operadores del sistema de tarjetas de crédito o compra, entendiendo a los fines de la presente que son operadores:

  • Los emisores de tarjeta de crédito o compra.
  • Los Adquirentes, Agregadores, Agrupadores y Facilitadores de Pagos.
  • Los operadores de tarjetas prepagas, incluidas las tarjetas prepagas de regalo, recargables o no, que operan contra saldos acreditados previamente a su uso y sean destinados a la compra de bienes o servicios en establecimientos comerciales.

No serán considerados Sujetos Obligados

  • Los operadores de la tarjeta que instrumenta el SUBE.
  • Los operadores de tarjetas destinadas exclusivamente a la adquisición de bienes consumibles dentro del local comercial emisor de la tarjeta.
  • Los operadores de tarjeta destinadas exclusivamente a la carga de combustibles y lubricantes.